XV JUEGOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS DE CENTROAMÉRICA
Y EL CARIBE
16 AL 22 DE AGOSTO 2015
Normas de Baloncesto
CAPITULO I - Propósitos
Artículo 1. Estimular la
participación deportiva de los estudiantes de Educación Superior e integrar a
los pueblos de Centroamérica y el Caribe.
Artículo 2. Lograr por medio del
deporte, el intercambio de ideas y experiencias que promuevan una relación
humana más solidaria, para obtener un mejor desarrollo humano.
CAPITULO II - Disposición General
Artículo 3. El Torneo de Baloncesto está
sometido a las disposiciones reglamentarias de este deporte y a los Estatutos y
Reglamentos de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y el
Caribe ODUCC. Al inscribirse, las y los atletas, miembros del cuerpo técnico y
delegados aceptan que las conocen y se someten a las mismas. Las competencias
se realizarán en la rama masculina y femenina.
CAPITULO III - De la Organización
Artículo 4. Las competencias se
realizarán en el Gimnasio Universitario de la Universidad de Panamá, dentro de
las fechas del programa establecido por la Comisión Técnica de la ODUCC y el
Comité Organizador para la edición de los XV Juegos Deportivos Universitarios
de Centroamérica y el Caribe 2015.
Artículo 5. La Comisión Técnica del
Comité Organizador tendrá a su cargo la organización y dirección del evento.
Articulo 6. El evento se normará
por el Reglamento de ODUCC y el Reglamento Internacional de Baloncesto (FIBA).
CAPÍTULO IV - Participación e
Inscripción
Articulo 7. Según lo estipulado en
el Estatuto y Reglamento de la Organización Deportiva Universitaria de
Centroamérica y del Caribe ODUCC.
CAPITULO V - De la Competencia
Artículo 8. Los miembros del cuerpo
técnico y delegados están obligados a infundir en sus deportistas el mayor
espíritu de disciplina, respeto y deportivismo acatando éstos sin protesta las
decisiones de los jueces, procurando que la competición transcurra con toda
normalidad. Ningún atleta podrá retractarse de integrarse a la competencia el
día, hora e instalación deportiva indicado por el Comité Organizador.
Artículo 9. La competencia se
regirá por el Estatuto y Reglamento de ODUCC, y reglamento de la Federación
Internacional de Baloncesto (FIBA).
Artículo 10. El o la deportista que
no presente identificación oficial de los Juegos, no podrá participar en la
competencia.
Artículo 11. Las competencias no
podrán suspenderse excepto por mal estado de las instalaciones, por intromisión
del público, Únicamente el Comisionado Técnico y los Jueces podrán suspender
una competencia. En todo caso el Área Técnica resolverá cualquier situación
tomando en cuenta todos los elementos de juicio para una mejor resolución.
Artículo 12. Atletas, miembros del
cuerpo técnico y delegados que se encuentran en estado de ebriedad o con
aliento alcohólico, no se les permitirá su participación, ya sea por los jueces
o el comisionado técnico.
Artículo 13. Cuando un equipo se
retire o sea sancionado con su exclusión de la competencia, se considerará como
si no hubiese participado en la misma.
Artículo 14. No se permitirá el uso
de ningún aparato de comunicación o informático por parte de los jugadores (as)
y cuerpo técnico durante el desarrollo de los juegos.
CAPÍTULO VI - De los jueces /
árbitros
Artículo 15. Los árbitros que se
designen para dirigir los encuentros, deberán contar con el aval del Comité
Organizador.
Artículo 16. La labor de los jueces
no podrá ser apelada por ningún país. Artículo 17. Los jueces deben presentarse
como mínimo 60 minutos antes de iniciar oficialmente los juegos.
Artículo 18. El informe de la
jornada, los jueces deberán entregarlo al Comisionado Técnico, máximo una hora después de realizada la misma.
CAPÍTULO VII - De las Apelaciones
Artículo 19. Todas las protestas
serán presentadas bajo el procedimiento establecido en el Estatuto y Reglamento
ODUCC y en el Reglamento Internacional de Baloncesto (FIBA) Excepto que la
protesta técnica debe presentarse por escrito una hora después de finalizado el
partido.
CAPÍTULO VIII - Faltas
Disciplinarias y Sanciones
Artículo 20. Según lo estipulado en el
Estatuto y Reglamento de ODUCC.
CAPÍTULO IX - Aspectos Técnicos
Artículo 21 . Los partidos serán de
(4) cuatro cuartos de 10 minutos cronometrados cada uno.
Artículo 22. Se otorgará 2 puntos
por partido ganado, 1 punto por partido perdido y 0 puntos por
no presentación, el equipo que no se presente pierde por 20 a 0 el juego.
no presentación, el equipo que no se presente pierde por 20 a 0 el juego.
Artículo 23. La inscripción se
realizará de acuerdo a la fecha determinada por el Comité Organizador.
Artículo 24. Se permitirá inscribir
un máximo de 1 2 jugadores(as) y un mínimo de 8, 1 entrenador, 1 asistente y 1
delegado.
Artículo 25. Se otorgará 2 puntos
por partido ganado, 1 punto por partido perdido y 0 puntos por
no presentación, el equipo que no se presente pierde por 20 a 0 el juego.
no presentación, el equipo que no se presente pierde por 20 a 0 el juego.
Artículo 26. El Comité Organizador
garantizará el personal y material necesarios para la correcta realización de
la competencia.
Artículo 27. Cada país participante
se deberá presentar en el Congresillo Técnico dos juegos de uniformes, uno
oscuro y uno claro. Los uniformes no deberán contener patrocinadores de
licores, cigarros y aspectos que atenten con la moral.
Artículo 28. El balón oficial de la
competencia será el para la rama masculina Molten GM 7 y para la rama femenina
Molten GL6 aprobado por la FIBA.
CAPÍTULO X De la premiación
Artículo 29. Premios, diplomas y
distinciones El Comité Organizador otorgará premiación individualmente y
por equipos vencedores, conforme al presente reglamento.
29.1 . Para los lideres individuales en ambos sexos: Medalla dorada.
29.2 Por deporte en ambos sexos: a. Primer lugar: trofeo a cada equipo y medalla dorada a cada integrante b. Segundo lugar: trofeo a cada equipo y medalla plateada a cada integrante c. Tercer lugar: trofeo a cada equipo y medalla bronceada a cada integrante Artículo 30. Todos los participantes en los XV Juegos Deportivos Universitarios de Centroamérica y del Caribe recibirán un diploma de participación.
29.1 . Para los lideres individuales en ambos sexos: Medalla dorada.
29.2 Por deporte en ambos sexos: a. Primer lugar: trofeo a cada equipo y medalla dorada a cada integrante b. Segundo lugar: trofeo a cada equipo y medalla plateada a cada integrante c. Tercer lugar: trofeo a cada equipo y medalla bronceada a cada integrante Artículo 30. Todos los participantes en los XV Juegos Deportivos Universitarios de Centroamérica y del Caribe recibirán un diploma de participación.
CAPÍTULO XI - De la Programación
Artículo 31 . La programación se
realizará al finalizar la inscripción nominal de los países.
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