XV JUEGOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS DE CENTROAMÉRICA
Y EL CARIBE
16 AL 22 DE AGOSTO 2015
Normas de BADMINTON
CAPÍTULO I - Propósitos
Artículo 1. Estimular la
participación deportiva de los estudiantes de Educación Superior.
Artículo 2. Lograr por medio del
deporte, el intercambio de ideas y experiencias que promuevan una relación
humana más solidaria, para obtener un mejor desarrollo humano.
CAPÍTULO II - Disposición General
Artículo 3. El Torneo de Tenis de Mesa está
sometido a los Estatutos y Reglamentos de la Organización Deportiva
Universitaria de Centroamérica y el Caribe (ODUCC) y Reglamento de la
Federación Mundial de Bádminton (BWF). Al inscribirse, las y los deportistas,
miembros del cuerpo técnico y delegados aceptan que las conocen y se someten a
las mismas. Las competencias se realizarán en la rama masculina y femenina.
CAPÍTULO III - De la Organización
Artículo 4. Las competencias se
realizarán en el Gimnasio de la Universidad Santa María La Antigua (USMA)
dentro de la fechas del programa establecido por la Comisión Técnica del Comité
Organizador y ODUCC, para la edición de los XV Juegos Deportivos Universitarios
Centroamérica y el Caribe 2015.
Artículo 5. La Comisión Técnica del
Comité Organizador tendrá a su cargo la organización y dirección del evento.
Artículo 6. El evento se normará
por el Estatuto y Reglamento de ODUCC y el Reglamento de la Federación Mundial
de Bádminton (BWF).
CAPÍTULO IV - Participación e
Inscripción
Artículo 7. Según lo estipulado en
el Estatuto y Reglamento de ODUCC.
CAPÍTULO V - De la Competencia
Artículo 8. Los miembros del cuerpo
técnico y delegados están obligados a infundir en sus atletas el mayor espíritu
de disciplina, respeto y acatando éstos sin protesta las decisiones de los
jueces, procurando que la competición transcurra con toda normalidad. Ningún
atleta podrá retractarse de integrarse a la competencia el día, hora e
instalación deportiva indicado por el Comité Organizador.
Artículo 9. . La competencia se
regirá por el Estatuto y Reglamento de la Organización Deportiva Universitaria
de Centroamérica y del Caribe (ODUCC) y el Reglamento de la Federación
Internacional de Bàdminton (BWF)
Artículo 10. El o la deportista que
no presente identificación oficial de los Juegos, no podrá participar en la
competencia
Artículo 11 . Las competencias no
podrán suspenderse excepto por mal estado de las instalaciones, por intromisión
del público, Únicamente el Comisionado Técnico y los Jueces podrán suspender un
evento. En todo caso el Área Técnica resolverá cualquier situación tomando en
cuenta todos los elementos de juicio para una mejor resolución.
Artículo 12. Atletas, miembros del
cuerpo técnico y delegados que se encuentran en estado de ebriedad o con
aliento alcohólico, no se les permitirá su participación, ya sea por los jueces
o el comisionado técnico.
Artículo 13. Para efectos de
establecer las clasificaciones, cuando un equipo se retire o sea sancionado con
su exclusión de la competencia, se considerará como si no hubiese participado
en la misma.
Artículo 14. No se permitirá el uso
de ningún aparato de comunicación o informático por parte de los jugadores
(as).
CAPÍTULO VI - De los jueces /
árbitros
Artículo 15. . Los árbitros que se
designen para dirigir los encuentros, deberán contar con el aval del Comité
Organizador.
Artículo 16. La labor de los jueces
no podrá ser apelada por ningún país o persona.
Artículo 17. Los jueces deben
presentarse como mínimo 60 minutos antes de la hora oficial de las partidas.
Artículo 18. El informe de los
jueces y las listas de los(as) jugadores(as) que participan en una ronda,
deberán ser entregadas al Comisionado Técnico, máximo una hora después de
realizada la misma.
CAPÍTULO VII - De las Apelaciones
Artículo 19. Todas las protestas
serán presentadas bajo el procedimiento establecido en el Estatuto y Reglamento
de ODUCC y el Reglamento de la Federación Internacional de Bádminton (BWF).
Excepto que la protesta técnica debe presentarse por escrito una hora después
de finalizado el partido.
CAPÍTULO VIII - Faltas disciplinarias
y Sanciones
Artículo 20. Según lo estipulado en el
Estatuto y Reglamento de ODUCC en lo relacionado a faltas disciplinarias y
sanciones.
CAPÍTULO IX - Aspectos Técnicos
Artículo 21. La Comisión Técnica
del Comité Organizador de los XV Juegos nombrará al Coordinador Técnico del
evento quien tendrá a su cargo el aspecto arbitral y supervisión de mismo en lo
organizativo, técnico, informativo y estadístico. Dicho coordinador estará en
constante comunicación con el Comité Organizador, para los casos que requieran
soluciones consultas.
El sorteo
se llevará a cabo durante la Junta Técnica dos días antes de la competencia
en lel lugar que designe la Comisión Técnica del Comité Organizador.
Equipamiento
Deportivo
Los gallitos que serán utilizados para la competencia deberán ser de marca YONEX. Las reglas sobre uniformes durante los Juegos seguirán las reglas de la Federación Mundial de Bádminton (BWF).
Los gallitos que serán utilizados para la competencia deberán ser de marca YONEX. Las reglas sobre uniformes durante los Juegos seguirán las reglas de la Federación Mundial de Bádminton (BWF).
Artículo
22. La competencia dará inicio a la hora programada en el calendario que se
presentara en el Congresillo Técnico.
Artículo
23. Se recomienda a los atletas poner en práctica el juego limpio, en caso de
haber diferencia de criterio por los puntos disputados, los atletas deben
hacerlo saber al coordinador de evento.
Artículo
24. El Sistema de Competencia dependerá de la cantidad de jugadores inscritos,
las siembras se realizaran utilizando sorteo, los encuentros serán por
eliminación directa. Se jugara en rama masculina y femenina individual, dobles
equipos mixtos y dobles mixtos. resultados, para ser entregados al concluir
cada encuentro al coordinador técnico.
Artículo
25. El Comité Organizador garantizará el personal y material necesarios para la
correcta realización de la competencia.
Artículo
26. El Congresillo Técnico se celebrará a la hora e instalación que la Comisión
Técnica de los XV Juegos programe y será dirigido por el Coordinador Técnico
designado por la Comisión Técnica del Comité Organizador. Se presentará el
programa específico de competencias acorde a las jornadas establecidas en el
programa general de eventos.
CAPÍTULO
X - De la premiación
Artículo
27. Premios, diplomas y distinciones El Comité Organizador otorgará
premios individualmente y por equipos vencedores.
a. Para los atletas:
a.1. Al primer lugar: medalla de oro
a.2. Al Segundo lugar: medalla de plata
a.3. Al Tercer lugar: medalla bronce
b. Por deporte en ambos sexos:
b.1. Primer lugar: trofeo a cada equipo
b.2. Segundo lugar: trofeo a cada equipo
b.3. Tercer lugar: trofeo a cada equipo
c. Juego Limpio por equipo femenino y masculino.
c.1. Trofeo. Artículo 28. Todos los participantes en los XV Juegos Deportivos Universitarios Centroamérica, recibirán un diploma de participación.
CAPÍTULO XI - De la Programación
Artículo 29. El calendario de
competencias, se realizará al finalizar la inscripción nominal de los XV Juegos
Deportivos Universitarios de Centroamérica y el Caribe 2015.
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