miércoles, 11 de marzo de 2015

NORMAS DE BEISBOL - ODUCC - PANAMA 2015

XV JUEGOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS DE CENTROAMÉRICA Y EL CARIBE

16 AL 22 DE AGOSTO 2015


Normas de Béisbol

CAPÍTULO I  - Propósitos
Artículo 1 . Estimular la participación deportiva de los estudiantes de Educación Superior.
Artículo 2. Lograr por medio del deporte, el intercambio de ideas y experiencias que promuevan una relación humana más solidaria, para obtener un mejor desarrollo humano.

CAPÍTULO II - Disposición General
 Artículo 3. El torneo de Béisbol está sometido a las disposiciones reglamentarias de este deporte y a los Estatutos y Reglamentos de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y del Caribe, ODUCC. Al inscribirse, los deportistas, miembros del cuerpo técnico y delegados aceptan que las conocen y se someten a las mismas.

CAPÍTULO III - De la Organización
Artículo 4. Las competencias se realizarán en el Estadio Rod Carew de PANDEPORTES, dentro de las fechas del programa establecido por la Comisión Técnica de ODUCC y EL Comité Organizador del país sede de los XV Juegos Deportivos Universitarios de Centroamérica y el Caribe 2015.
Artículo 5. La  Comisión Técnica del Comité Organizador tendrá a su cargo la organización y dirección del evento.
 Artículo 6. El evento se normará por los Estatutos y Reglamentos de ODUCC y el Reglamento de la Federación Internacional de Béisbol.

CAPÍTULO IV – Participación e Inscripción
Artículo 7. Según lo estipulado en el Reglamento General en los Estatutos y Reglamentos de ODUCC.

CAPÍTULO V - De la Competencia
 Artículo 8. Los miembros del cuerpo técnico y delegados están obligados a infundir en sus atletas el mayor espíritu de disciplina, respeto y deportivismo acatando éstos sin protesta las decisiones de los jueces, procurando que la competición transcurra con toda normalidad. Ningún atleta podrá retractarse de integrarse a la competencia el día, hora e instalación deportiva indicado por el Comité Organizador.
Artículo 9. La competencia se regirá por el Estatuto y Reglamento de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y del Caribe (ODUCC) y el Reglamento de la Federación Internacional de Beisbol.
Artículo 10. El deportista que no presente identificación oficial de los Juegos, no podrá participar en la competencia.
Artículo 11 . Las competencias no podrán suspenderse excepto por mal estado de las instalaciones, por intromisión del público. Únicamente el Comisionado Técnico y los Jueces podrán suspender un evento. En todo caso el Área Técnica resolverá cualquier situación tomando en cuenta todos los elementos de juicio para una mejor resolución.
Artículo 12. Jugadores, miembros del cuerpo técnico y delegados que se encuentran en estado de ebriedad o con aliento alcohólico, no se les permitirá su participación, ya sea por los jueces o el comisionado técnico.
Artículo 13. Cuando un equipo se retire o sea sancionado con su exclusión de la competencia, se considerará como si no hubiese participado en la misma. Artículo 14. No se permitirá el uso de ningún aparato de comunicación e informático por parte de los jugadores.

CAPÍTULO VI - De los jueces / árbitros
Artículo 15. Los árbitros que se designen para dirigir los encuentros, deberán contar con el aval del Comité Organizador.
Artículo 16. La labor de los jueces no podrá ser apelada por ningún país.
Artículo 17. Los jueces deben presentarse como mínimo 60 minutos antes de la hora oficial de los juegos.
Artículo 1 8. El informe de la jornada, los jueces deberán entregarlos al Comisionado Técnico, máximo una hora después de realizada la misma.

CAPÍTULO VII - De las Apelaciones
Artículo 19. Todas las protestas serán presentadas bajo el procedimiento establecido en el Estatuto y Reglamento de ODUCC y el Reglamento de Internacional de Béisbol. Excepto que la protesta técnica debe presentarse por escrito una hora después de finalizado el partido.

CAPÍTULO VIII - Faltas Disciplinarias y Sanciones
 Artículo 20. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de ODUCC.

CAPÍTULO IX - Aspectos Técnicos
Artículo 21 . Los partidos se jugarán a 9 entradas, quedando oficialmente el partido en la séptima entrada.
Artículo 22. Se aplicará la regla de nocaut con la diferencia de 1 0 carreras o más al concluir la séptima entrada.
Artículo 23. Se permitirá inscribir un mínimo de 1 5 jugadores y un máximo 18 jugadores 3 entrenador, y 1 delegado.
Artículo 24. El sistema de competición será enviado a cada país posterior al cierre de inscripción nominal de los equipos.
Artículo 25. El Comité Organizador garantizará el personal y material necesarios (pelotas de juego) para la correcta realización de la competencia.
Artículo 26. Se utilizará bate de madera y la pelota oficial será la Wilson 10-10.
Artículo 27: Todo jugador deberá usar casco protector mientras esta al bate.
Artículo 28. Cada país participante deberá presentar en el Congresillo Técnico dos juegos de uniformes, uno oscuro y uno claro. Los uniformes no deberán contener patrocinadores de licores, cigarros y aspectos que atenten con la moral.
Artículo 29. EN CASO DE EMPATES Para tal efecto se determinaran los procedimientos siguientes: a. En caso de empate de dos equipos en la fase clasificatoria se determinara por juego entre ellos. b. Si persiste el empate diferencia de carreras a favor y carreras en contra. c. En caso de empate entre tres o más se revisaran los resultados entre ellos, de persistir se definirá por la diferencia de carreras a favor y carreras en contra de los equipos involucrados de continuar el empate se definirá con el sorteo de una moneda.
CAPÍTULO X De la premiación
Artículo 30. Premios, diplomas y distinciones
El Comité Organizador otorgará premios individualmente y por equipos vencedores, conforme al presente reglamento.
30.1 . Para los atletas: Medalla dorada a. Líder de bateo b. Líder en carreras empujadas c. Líder en jonrones d. Líder en juegos Ganados e. Líder en Ponches f. Líder en Efectividad
30.2. Por deporte. a. Primer lugar: trofeo al equipo y medalla dorada a cada integrante b. Segundo lugar: trofeo al equipo y medalla plateada a cada integrante c. Tercer lugar: trofeo al equipo y medalla a cada integrante Artículo 31 . Todos los participantes en los Juegos Deportivos Universitarios Centroamericanos, recibirán un diploma de participación.

CAPÍTULO XI - De la Programación


Artículo 32. Se realizará al finalizar la inscripción nominal de los países.

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