miércoles, 11 de marzo de 2015

NORMAS DE BADMINTON - ODUCC - PANAMA 2015

XV JUEGOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS DE CENTROAMÉRICA

Y EL CARIBE
16 AL 22 DE AGOSTO 2015


Normas de BADMINTON



CAPÍTULO I - Propósitos
Artículo 1. Estimular la participación deportiva de los estudiantes de Educación Superior.
Artículo 2. Lograr por medio del deporte, el intercambio de ideas y experiencias que promuevan una relación humana más solidaria, para obtener un mejor desarrollo humano.

CAPÍTULO II - Disposición General
 Artículo 3. El Torneo de Tenis de Mesa está sometido a los Estatutos y Reglamentos de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y el Caribe (ODUCC) y Reglamento de la Federación Mundial de Bádminton (BWF). Al inscribirse, las y los deportistas, miembros del cuerpo técnico y delegados aceptan que las conocen y se someten a las mismas. Las competencias se realizarán en la rama masculina y femenina.

CAPÍTULO III - De la Organización
Artículo 4. Las competencias se realizarán en el Gimnasio de la Universidad Santa María La Antigua (USMA) dentro de la fechas del programa establecido por la Comisión Técnica del Comité Organizador y ODUCC, para la edición de los XV Juegos Deportivos Universitarios Centroamérica y el Caribe 2015.
Artículo 5. La Comisión Técnica del Comité Organizador tendrá a su cargo la organización y dirección del evento.
Artículo 6. El evento se normará por el Estatuto y Reglamento de ODUCC y el Reglamento de la Federación Mundial de Bádminton (BWF).

CAPÍTULO IV - Participación e Inscripción
Artículo 7. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de ODUCC.

CAPÍTULO V - De la Competencia
Artículo 8. Los miembros del cuerpo técnico y delegados están obligados a infundir en sus atletas el mayor espíritu de disciplina, respeto y acatando éstos sin protesta las decisiones de los jueces, procurando que la competición transcurra con toda normalidad. Ningún atleta podrá retractarse de integrarse a la competencia el día, hora e instalación deportiva indicado por el Comité Organizador.
Artículo 9. . La competencia se regirá por el Estatuto y Reglamento de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y del Caribe (ODUCC) y el Reglamento de la Federación Internacional de Bàdminton (BWF)
Artículo 10. El o la deportista que no presente identificación oficial de los Juegos, no podrá participar en la competencia
Artículo 11 . Las competencias no podrán suspenderse excepto por mal estado de las instalaciones, por intromisión del público, Únicamente el Comisionado Técnico y los Jueces podrán suspender un evento. En todo caso el Área Técnica resolverá cualquier situación tomando en cuenta todos los elementos de juicio para una mejor resolución.
Artículo 12. Atletas, miembros del cuerpo técnico y delegados que se encuentran en estado de ebriedad o con aliento alcohólico, no se les permitirá su participación, ya sea por los jueces o el comisionado técnico.
Artículo 13. Para efectos de establecer las clasificaciones, cuando un equipo se retire o sea sancionado con su exclusión de la competencia, se considerará como si no hubiese participado en la misma.
Artículo 14. No se permitirá el uso de ningún aparato de comunicación o informático por parte de los jugadores (as).

CAPÍTULO VI - De los jueces / árbitros
Artículo 15. . Los árbitros que se designen para dirigir los encuentros, deberán contar con el aval del Comité Organizador.
Artículo 16. La labor de los jueces no podrá ser apelada por ningún país o persona.
Artículo 17. Los jueces deben presentarse como mínimo 60 minutos antes de la hora oficial de las partidas.
Artículo 18. El informe de los jueces y las listas de los(as) jugadores(as) que participan en una ronda, deberán ser entregadas al Comisionado Técnico, máximo una hora después de realizada la misma.

CAPÍTULO VII - De las Apelaciones
Artículo 19. Todas las protestas serán presentadas bajo el procedimiento establecido en el Estatuto y Reglamento de ODUCC y el Reglamento de la Federación Internacional de Bádminton (BWF). Excepto que la protesta técnica debe presentarse por escrito una hora después de finalizado el partido.

CAPÍTULO VIII - Faltas disciplinarias y Sanciones
 Artículo 20. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de ODUCC en lo relacionado a faltas disciplinarias y sanciones.

CAPÍTULO IX - Aspectos Técnicos
Artículo 21. La Comisión Técnica del Comité Organizador de los XV Juegos nombrará al Coordinador Técnico del evento quien tendrá a su cargo el aspecto arbitral y supervisión de mismo en lo organizativo, técnico, informativo y estadístico. Dicho coordinador estará en constante comunicación con el Comité Organizador, para los casos que requieran soluciones consultas.
El sorteo se llevará a cabo durante la Junta Técnica dos días antes de la competencia en lel lugar que designe la Comisión Técnica del Comité Organizador.

Equipamiento Deportivo
Los gallitos que serán utilizados para la competencia deberán ser de marca YONEX. Las reglas sobre uniformes durante los Juegos seguirán las reglas de la Federación Mundial de Bádminton (BWF).
Artículo 22. La competencia dará inicio a la hora programada en el calendario que se presentara en el Congresillo Técnico.
Artículo 23. Se recomienda a los atletas poner en práctica el juego limpio, en caso de haber diferencia de criterio por los puntos disputados, los atletas deben hacerlo saber al coordinador de evento.
Artículo 24. El Sistema de Competencia dependerá de la cantidad de jugadores inscritos, las siembras se realizaran utilizando sorteo, los encuentros serán por eliminación directa. Se jugara en rama masculina y femenina individual, dobles equipos mixtos y dobles mixtos. resultados, para ser entregados al concluir cada encuentro al coordinador técnico.
Artículo 25. El Comité Organizador garantizará el personal y material necesarios para la correcta realización de la competencia.
Artículo 26. El Congresillo Técnico se celebrará a la hora e instalación que la Comisión Técnica de los XV Juegos programe y será dirigido por el Coordinador Técnico designado por la Comisión Técnica del Comité Organizador. Se presentará el programa específico de competencias acorde a las jornadas establecidas en el programa general de eventos.

CAPÍTULO X - De la premiación
Artículo 27. Premios, diplomas y distinciones El Comité Organizador otorgará premios individualmente y por equipos vencedores.

a. Para los atletas:
a.1. Al primer lugar: medalla de oro
a.2. Al Segundo lugar: medalla de plata
a.3. Al Tercer lugar: medalla bronce

b. Por deporte en ambos sexos:
b.1. Primer lugar: trofeo a cada equipo
b.2. Segundo lugar: trofeo a cada equipo
b.3. Tercer lugar: trofeo a cada equipo
c. Juego Limpio por equipo femenino y masculino.
c.1. Trofeo. Artículo 28. Todos los participantes en los XV Juegos Deportivos Universitarios Centroamérica, recibirán un diploma de participación.



CAPÍTULO XI - De la Programación 
Artículo 29. El calendario de competencias, se realizará al finalizar la inscripción nominal de los XV Juegos Deportivos Universitarios de Centroamérica y el Caribe 2015.

No hay comentarios:

Publicar un comentario