XV JUEGOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS DE
CENTROAMÉRICA Y
EL CARIBE
16 AL 22 DE AGOSTO 2015
Normas de Voleibol
CAPÍTULO I . Propósitos
Artículo 1 . Estimular la
participación deportiva de los estudiantes de Educación Superior.
Artículo 2. Lograr por medio del
deporte, el intercambio de ideas y experiencias que promuevan una relación
humana más solidaria, para obtener un mejor desarrollo humano.
CAPÍTULO II -Disposición General
Artículo 3. El torneo de Voleibol
está sometido a las disposiciones reglamentarias de este deporte y a los
Estatutos y Reglamentos de la Organización Deportiva Universitaria de
Centroamérica y el Caribe, (ODUCC) Al inscribirse, las y los deportistas,
miembros del cuerpo técnico y delegados aceptan que las conocen y se someten a
las mismas. Las competencias se realizarán en la rama masculina y femenina.
CAPÍTULO III - De la Organización
Artículo 4. Las competencias se realizarán
en la El Gimnasio José Remón dentro de las fechas del programa establecido por
la Comisión Técnica de la ODUCC 2015 para la edición de los XV Juegos
Deportivos Universitarios Centroamérica y el Caribe 2015.
Artículo 5. La Comisión Técnica de
ODUCC 2015 en coordinación con la Federación Nacional de Voleibol, tendrá a su
cargo la organización y dirección del evento.
Artículo 6. El evento se normará
por el Estatuto y Reglamento de ODUCC y el Reglamento de la Federación
Internacional de Voleibol (FIVB)
CAPÍTULO
IV Participación e Inscripción
Artículo
7. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de ODUCC.
CAPÍTULO
V - De la Competencia
Artículo
8. Los miembros del cuerpo técnico y delegados están obligados a infundir en
sus atletas el mayor espíritu de disciplina, respeto y acatando éstos sin
protesta las decisiones de los jueces, procurando que la competición transcurra
con toda normalidad. Ningún atleta podrá retractarse de integrarse a la
competencia el día, hora e instalación deportiva indicado por el Comité
Organizador.
Artículo
9. La competencia se regirá por el Estatuto y Reglamentos de ODUCC, el
Reglamento de la Federación Internacional de Voleibol (FIVB)
Artículo
10. El o la deportista que no presente identificación oficial de los Juegos, no
podrá participar en la competencia. Artículo
11 .
Las competencias no podrán suspenderse excepto por mal estado de las
instalaciones, por intromisión del público. Únicamente el Comisionado Técnico y
los Jueces podrán suspender un evento. En todo caso el Área Técnica resolverá
cualquier situación tomando en cuenta todos los elementos de juicio para una
mejor resolución. Artículo
12. Las
jugadores, (as), miembros del cuerpo técnico y delegados que se encuentran en
estado de ebriedad o con aliento alcohólico, no se les permitirá su
participación, ya sea por los jueces o el comisionado técnico. Artículo 13.
Para efectos de establecer las clasificaciones, cuando un equipo se retire o
sea sancionado con su exclusión de la competencia, se considerará como si no
hubiese participado en la misma.
Artículo
14. No se permitirá el uso de ningún aparato de comunicación o informático por
parte de los jugadores (as).
CAPÍTULO
VI - De los jueces / árbitros
Artículo
15 Los árbitros que se designen para dirigir los encuentros, deberán contar con
el aval del Comité Organizador.
Artículo
16. La labor de los jueces no podrá ser apelada por ningun país.
Artículo
17. Los jueces deben presentarse como mínimo 60 minutos antes de la hora
oficial de las partidas.
Artículo
18. El informe de la jornada, los jueces deberán entregarlo al Comisionado
Técnico, máximo una hora después de realizada la misma.
CAPÍTULO VII - De las Apelaciones
Artículo
19. Todas las protestas serán presentadas bajo el procedimiento establecido en
el Estatuto y Reglamento ODUCC y en el Reglamento de la Federaciòn
Internacional de Voleibol (FIVB). Excepto que la protesta técnica debe
presentarse por escrito una hora después de finalizado el partido.
CAPÍTULO
VIII - Faltas Disciplinarias y Sanciones
De
la normativa aplicable
Artículo
20. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de ODUCC.
CAPÍTULO IX - Aspectos Técnicos
Artículo
21 . Los partidos se jugarán a ganar 3 de 5 sets.
Artículo
22. Se otorgarán los puntos por partido ganado y punto por partido perdido de
acuerdo a lo establecido en reglamento de la Federaciòn internacional de
Voleibol (FIBV).
Artículo
23. La inscripción se realizará de acuerdo a las fechas determinadas por el
Estatuto y Reglamento de ODUCC.
Artículo
24. Se permitirá inscribir un máximo de 1 2 jugadores(as) y un mínimo de 8, 1
entrenador, 1 asistente y 1 delegado.
Artículo
25. El sistema de competición será enviado a cada país posterior al cierre de
inscripción nominal de los equipos.
Artículo
26. El Comité Organizador garantizará el personal y material necesarios para la
correcta realización de la competencia.
Artículo
27. Cada país participante se deberá presentar en el Congresillo Técnico dos
juegos de uniformes, uno oscuro y uno claro. Los uniformes no deberán contener
patrocinadores de licores, cigarros y aspectos que atenten con la moral.
Artículo
28. El balón oficial de la competencia será el Molten V5 M 5000 aprobado por la
FIVB.
CAPÍTULO X - De la premiación
Artículo 29. Premios, diplomas y
distinciones
El Comité Organizador otorgará
premiación individualmente y por equipos vencedores, conforme al presente
reglamento
29.1 . Para los lideres
individuales en ambos sexos:
Medalla dorada a MVP
29.2 Por deporte en ambos sexos:
29.2 Por deporte en ambos sexos:
a. Primer lugar: trofeo a cada
equipo y medalla dorada a cada integrante
b. Segundo lugar: trofeo a cada
equipo y medalla plateada a cada integrante
c. Tercer lugar: trofeo a cada
equipo y medalla bronceada a cada integrante
Artículo 30. Todos los
participantes en los Juegos Deportivos Universitarios Centroamericanos,
recibirán un diploma de participación.
CAPÍTULO XI - De la Programación
Artículo 31 . La programación se
realizará al finalizar la inscripción nominal de los países.
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